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Discriminación

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El TSJA ha dictado una sentencia estimando el recurso que interpuso una agente de la Policía Nacional a la que se le cesó en su puesto de trabajo obligándole a marcharse a la comisaría en la que tenía plaza en propiedad.

La sentencia es ejemplar y debería provocar una reacción oficial inmediata, puesto que da por sentado que la afectada perdió la comisión de servicio en la que llevaba años por un caso claro de discriminación por razones relacionadas esencialmente con su condición de mujer. No lo digo yo. Lo dice un tribunal, que ya ha comunicado a la Dirección General de la Policía que tendrá que readmitir a la agente en su puesto además de hacerse cargo de las costas (bueno, éstas, como siempre que ocurre con los ‘patones’ de la Administración, correrán a cargo de los contribuyentes).
Ya en su día, cuando conocimos lo que había sucedido, se produjo el revuelo oportuno, por las condiciones que marcaban esta historia, en la que una mujer policía, madre de dos niños, era apartada de su puesto en lo que se presentaba como un castigo por ser mujer y madre. Parecía increíble que esto sucediera en pleno siglo XXI, pero sí, así es, ya que, ahora, la sentencia del TSJA no deja lugar a dudas de la injusticia cometida con esta mujer y habla directamente de la existencia de una discriminación o, cuando menos, de un trato distinto hacia ella respecto de otros funcionarios a los que ni se les cesó ni se cuestionó sus bajas.
Confió en que este fallo venga a sentar un precedente en todas las administraciones, que no se vuelvan a producir episodios de tal gravedad en los que la mujer, por el hecho de serlo, se vea en el ojo del huracán, cuestionada por los derechos que tiene como madre, señalada por una administración que, a los hechos me remito, sigue actuando como en tiempos pasados.


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