Recordando en este Día los principios universales de igualdad y no discriminación de todas las mujeres y niñas sin excepción y siendo conscientes de que para el cumplimiento de estos principios es necesario que estén empoderadas, lo que implica participar en los procesos de toma de decisiones y acceso al poder, así como su toma de conciencia del poder que individual y colectivamente ostentan, recuperando su propia dignidad.
Considerando que la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, nacida con el mandato de preparar recomendaciones sobre la promoción de los derechos de las mujeres en los ámbitos político, económico, civil, social y educativo, y encargada de supervisar, examinar y evaluar los progresos y las dificultades en la aplicación de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing de 1995, celebra este año el Sexagésimo período de sesiones en el que se debatirá como tema prioritario: "El empoderamiento de la mujer y su vínculo con el desarrollo sostenible";
Teniendo en cuenta que los Objetivos de Desarrollo Sostenible plantean como su Objetivo 5 lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas, planteando entre sus retos velar por su participación plena y efectiva, su igualdad de oportunidades de liderazgo a todos los niveles de la adopción de decisiones, así como su acceso a los recursos económicos, la propiedad y los servicios financieros;
Celebrando el primer aniversario de la Fundación CERMI Mujeres, que nace con la misión de representar y defender los derechos humanos de las mujeres y niñas con discapacidad, teniendo también presente a las madres y cuidadoras de personas con discapacidad, buscando garantizar su inclusión en todos los ámbitos de la vida, así como mejorar sus condiciones de vida y ciudadanía;
Considerando la importancia de los fondos derivados del 0,7% del IRPF destinado a fines sociales con los que se benefician directamente seis millones de personas, muchas de ellas mujeres, a través de proyectos sociales;
El CERMI y la Fundación CERMI Mujeres, como interlocutores de referencia para defender los derechos de las mujeres, niñas y madres de personas con discapacidad, recuerdan que:
La Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en su artículo 6 reconoce que "las mujeres y niñas con discapacidad están sujetas a múltiples formas de discriminación y, a ese respecto, se deben adoptar medidas para asegurar que puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales". Así mismo, la Convención de Naciones Unidas sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer a través de su artículo 3 afirma que "se deben tomar en todas las esferas, y en particular en las esferas política, social, económica y cultural, todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre";
Las mujeres con discapacidad, -una población que asciende al 16% de la población femenina en general y al 60% de la población de personas con discapacidad-, se encuentran en una situación de profunda invisibilidad e incomprensión en la vida pública y no se reconocen verdaderamente sus necesidades e intereses ni en los poderes públicos, ni en los movimientos de mujeres, ni tampoco en los de las personas con discapacidad, en cuyas organizaciones aproximadamente sólo el 30% de los puestos representativos en los órganos de gobierno son ocupados por mujeres;
El movimiento de mujeres con discapacidad es todavía incipiente, por lo que apenas existen asociaciones específicas de mujeres con discapacidad desde las que poder ejercer su derecho a la libertad de opinión y de expresión sobre los asuntos que les atañen directamente, tanto a nivel nacional como europeo e internacional, circunstancia agravada por el hecho de que tampoco los movimientos feministas brindan espacios para su participación, al no reconocerlas como partes de los mismos;
El modelo actual de gestión de los fondos derivados del 0,7% del IRPF destinado a fines sociales es una herramienta de carácter transversal, de homogeneización y de solidaridad interterritorial imprescindible que beneficia a personas en situación de necesidad, como son las mujeres y niñas con discapacidad.
Por todo ello, en el Día Internacional de la Mujer, el CERMI y la Fundación CERMI Mujeres urgen a que:
1. Se destinen recursos para el empoderamiento de las niñas y mujeres con discapacidad para incrementar su auto-confianza, así como su poder y autoridad de manera que puedan decidir en todos los aspectos que afectan a su vida.
2. Las organizaciones de personas con discapacidad se comprometan a adoptar como directriz política importante la representación paritaria de mujeres y hombres en la toma de decisiones en sus estructuras orgánicas, incluida la designación de candidatos y candidatas a los distintos puestos directivos y representativos de la organización, así como a fomentar la creación de comités, redes o grupos independientes de mujeres con discapacidad.
3. Se lleve a cabo un pacto con el movimiento de mujeres, fomentando la colaboración y trabajando conjuntamente en materias de interés común.
4. Las organizaciones y organismos de la mujer gubernamentales y no gubernamentales incorporen a las mujeres con discapacidad y los asuntos relacionados con éstas en el movimiento general de mujeres, llevando a la práctica planes de acción conjunta.
5. Se inicien y apoyen económicamente programas especiales para promover la sororidad entre las mujeres con discapacidad, en los que mujeres pertenecientes al movimiento de las personas con discapacidad se apoyen mutuamente a lo largo de las distintas etapas de desarrollo y empoderamiento personales.
6. Se ofrezca un modelo de financiación estatal con las máximas garantías jurídicas y de sostenibilidad al Tercer Sector como las que ofrece el actual modelo de adjudicación de fondos de la convocatoria del IRPF de interés social para financiar proyectos de atención directa en todos sus ámbitos y en el dirigido al empoderamiento de las mujeres con discapacidad.