Seguro que este artículo lo leerán muchos guardias civiles, porque una de las reivindicaciones que más preocupa es conocer el horario de trabajo durante todo el año.
El pasado día 18, se reunió el grupo de trabajo sobre régimen de turnos para la que fuimos convocados los representantes de las Asociaciones Profesionales. Prácticamente todas las Asociaciones coincidimos en que el punto de partida debe de ser el turno de la Policía Nacional, aunque no necesariamente esa cadencia de MMTTNNSLLLL, sí que implique que tengamos esas horas de referencia.
AEGC ha hecho los deberes presentando nuestras propuestas de forma razonada, punto por punto, porque es la única forma que se tomen en consideración. Hemos explicado por qué debemos tener ese turno y por qué es aplicable sin tener que pedir las vacaciones por adelantado o incumplir la Orden General de Jornada y Horarios.
Pasamos a resumiros lo que hemos aportado a la reunión de hoy:
Hemos solicitado que la planificación anual no sea del 1 de enero al 31 de diciembre, si no acorde a las semanas de trabajo, es decir 52 semanas (364 días). La Dirección General exponía que los permisos de Semana Santa y Navidad se planificaran anualmente. AEGC ha propuesto que se siga haciendo como hasta ahora, con la particularidad de que se soliciten no por unidades, sino por grupos de los que se creen para el establecimiento de turnos. Así se evita que se vaya más personal de un grupo que de otro. Sobre las vacaciones, compartimos que estén integradas dentro del turno 4 semanas naturales completas (20 días de vacaciones juntas o por separado), no así la planificación, que se deberían solicitar las de verano hasta el 30 de abril y el resto como hasta ahora, y por supuesto por grupos de trabajo y no por unidad.
Este es el punto que más discrepancias ha suscitado. La Dirección General había estimado una referencia horaria anual (RHA) de 1.590 horas (incluidas las vacaciones -4 semanas- y los descansos por días festivos). AEGC ha propuesto un RHA de 1.586 horas, sin descontar vacaciones ni permisos, pero donde estarán incluidos ya los descansos por días festivos y los singularizados. Esta cifra no es aleatoria, resulta de la aplicación de la misma jornada de trabajo que la que van a disfrutar los compañeros de Policía Nacional en breve, es decir, 30,5 horas semanales durante 52 semanas. A estas 1.586 horas propuestas, le descontamos 4 semanas completas naturales de 20 días de vacaciones, a razón de 30,5 h/sem, y el resto de días de vacaciones (2), y permisos de Semana Santa (3), Navidad (3) y Asuntos Particulares (6), a 8 horas, es decir, al detraer un día por cada uno de esos permisos y vacaciones restantes, nos salen un cómputo de real de horas trabajadas de 1.352 anuales aproximadamente.
Nuestra propuesta: 1.352 horas anuales entre 8 horas por cada servicio, hacen un total anual de 169 jornadas de trabajo. Hemos pedido que las prolongaciones de servicio, como un juicio, se compensen mensualmente mediante CREX o bien mediante una minoración de los servicios que marca la cadencia, así como que las cadencias impliquen el mismo número de mañanas, tardes y noches.
En cuanto a los días sueltos de vacaciones y asuntos particulares, al ser variable, ya que van vinculados a la antigüedad, se realicen preferentemente antes de la planificación mensual, pero dejando la posibilidad de que siga siendo como hasta ahora, porque pueden surgir imprevistos que hagan necesario solicitarlos, pero sin necesidad de justificarlo. Deben considerarse que la compensación de los festivos y nocturnos, ya está reconocido en la minoración que hemos solicitado y que si el año tiene 52 semanas, por razones obvias, tendremos 104 días de descanso semanal. El número de días de no trabajo, serán 164, entre los que estarán incluidos los descansos semanales, los singularizados, descansos por días festivos así como los resultantes de la disminución de la jornada. Aquí la Dirección General nos dice que los turnos han de cumplir con la Orden General de Jornada y Horarios. Bien, y la cumple. No olvidemos que en el artículo 7 de la Orden General, deja claro que la modalidad de prestación de servicio a turnos, tiene un régimen propio de descansos. Si se quiere, se puede.
Sobreesfuerzos: Es fácil comprender que cuando alguien tiene un turno fijo todo el año, habrá meses en los que se pase de horas y meses en los que se quede corto. Para no modificar las cadencias, solicitamos una productividad específica por estar realizando turnos, que compensaría el exceso de horas que sea consecuencia del turno. El exceso de horas que no sea como consecuencia del turno, se compensaría con el CREX, ICRES (nocturnos y festivos) e ICREM (modificaciones) se percibirían exactamente igual que para el resto del régimen general. En cuanto, a los fines de semana solicitamos que se aproximen a lo que estipula la Orden General, es decir, al menos 1 de cada 3, además hemos que se compense económicamente al personal del régimen general que no pueda acogerse a la modalidad del servicio a turnos.
Finalmente, hemos vuelto a proponer el turno 232 con un servicio añadido cada 3 semanas, que ha sido bien acogido, al igual que las consideraciones anteriores, por el resto de Asociaciones Profesionales. Este turno, se aproxima mucho a los elementos objeto del presente estudio, habiendo hecho entrega de una cadencia anual, donde están configuradas ya las vacaciones y permisos.
Solo queda que la Dirección General analice las propuestas y que se elabore un nuevo documento que será objeto de debate en la segunda semana de diciembre.