Días atrás se informaba a la ciudadanía de que se había ganado una importante sentencia en el Juzgado de lo Social de Ceuta, que le iba a suponer a los trabajadores del Conservatorio Municipal de Música cobrar su plus de residencia en las mismas condiciones que el resto de trabajadores laborales de la Ciudad Autónoma.
El asunto venía de antiguo. Conforme reconocía en su día la Presidenta del Patronato “la indemnización por razón de servicio en concepto de residencia será el establecido para el personal laboral del Ayuntamiento de Ceuta“. Al no hacerse así, que no era más que lo que se recogía en el artículo 36 del Convenio Colectivo del Patronato Municipal de Música, se estaba vulnerando el principio de igualdad consagrado en la Constitución Española, en su art. 14, además de lo establecido en el propio Estatuto de los Trabajadores, sobre la fuerza vinculante de los Convenios Colectivos y su consideración de norma directa y específica de regulación de las relaciones laborales. Ahora se produce la sentencia en la que el Juzgado de lo Social de Ceuta da la razón a los trabajadores. Pero en la misma se contienen unos fundamentos que son dignos de resaltar.
Lo primero que se indica es que el artículo 36 mencionado del Convenio Colectivo está algo confuso. Puede ser. Pero es lo suficientemente claro como para que la norma se hubiera aplicado hace ya unos años. De hecho, es la propia Presidenta del Patronato la que en su día manifestó que esto debía hacerse. Seguramente quería calmar los nervios de los trabajadores. Apagar fuegos. Lo hizo, pero a costa de los bolsillos de estos empleados. Lo segundo, y esto es lo realmente importante, es que se reconoce que la aplicación de este artículo se ha venido dilatando a consecuencia de un informe de la Intervención municipal, que no consta que fuera vinculante, pero que fue asumido como válido por la Secretaría General y por el propio Presidente de la Ciudad, en el que se indicaba que la limitación presupuestaria legal impuesta desde el Gobierno central, impedía la aplicación del convenio.
Sin embargo, como reconoce el propio Fundamento jurídico mencionado, al tratarse de aplicación de unos derechos retributivos establecidos con anterioridad, dichas limitaciones presupuestarias no le eran de aplicación, pues las mismas sólo habían sido establecidas para restringir los incrementos salariales anuales de los empleados públicos. Este fue el razonamiento que en su día realizó el letrado que defendió a los trabajadores, aunque sin éxito, y que volvió a esgrimir en el nuevo juicio oral, ahora con mejor resultado. Y es que como se dice por ahí, para ganar un pleito has de llevar razón, saber plantearla y que el Juez te la dé.
Ya sé yo que de lo que estamos hablando se produjo en plena crisis económica. Pero no es menos cierto que la táctica empleada por los sucesivos gobiernos, tanto del Partido Popular, como del Partido Socialista, ha sido restringir derechos consolidados, usar de forma sectaria y engañosa los informes de los distintos órganos de control del Estado para aquello que les interesaba y, sobre todo, adoptar medidas que perjudicaban a los empleados públicos.
Afortunadamente, todavía quedan Jueces en este país que saben lo que se traen entre manos y que tienen un alto concepto de la Justicia. Lo han demostrado con la ultraactividad de los convenios colectivos, con la aplicación de los mismos derechos a trabajadores que realizaban los mismos trabajos y con la aplicación restrictiva de algunas de las normas más reaccionarias y controvertidas de la reforma laboral.
Ahora nos toca a los ciudadanos. Si hacemos caso a las mentiras que se propagan a diario sobre las encuestas de intención de voto, a los miedos que se nos infunden respecto al colapso del sistema de pensiones y a la supuesta catástrofe que se producirá en caso de que partidos emergentes como PODEMOS, se hagan con el poder, evidentemente nada cambiará. Pero si analizamos tranquilamente todas las opciones electorales y hacemos un repaso de lo que ha ocurrido en nuestro país y en el mundo en los últimos años, nos daremos cuenta que los partidos tradicionales, como el socialista o el popular, siguen ofreciendo más de lo mismo.
Esperemos que la sentencia no sea recurrida por la Ciudad Autónoma de Ceuta. Es la única forma que tienen de compensar a unos trabajadores a los que se les ha estado engañando de forma reiterada e injusta.