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Un año más nos encontramos con el mismo problema

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En el pasado Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 14 de octubre de 2014 el pleno de la asamblea aprobó el calendario laboral para el ejercicio 2015, dónde se fijó como festividad local el viernes 25 de septiembre denominada Festividad de la Pascua del Sacrificio Eidul Adha.

Los empresarios, como todos los años, realizamos nuestras previsiones de compras y turnos de personal dependiendo de la época del año y fechas específicas como puentes y festivos en función de perspectivas de crecimiento del potencial de ventas. Por suerte, desde hace unos años, incluimos en el calendario de previsión de ventas los festivos y períodos de vacaciones de nuestro país vecino, Marruecos.
Pues bien, un año más, nos volvemos a encontrar con el siguiente problema, el día festivo local está fijado para el próximo viernes 25 de septiembre, y en cambio, la celebración de la Festividad de la Pascua del Sacrificio se celebra en Ceuta el día anterior, jueves 24. Por lo que el jueves Ceuta será una Ciudad con una actividad comercial restringida y el viernes tendremos una Ceuta totalmente cerrada ante el asombro de los visitantes
¿En qué situación desde el punto de vista empresarial nos encontramos?, como el festivo es el viernes 25, ¿no permitimos a los empleados que celebren su festividad el jueves 24, cuya obligación es asistir a su puesto de trabajo?, ¿mantenemos cerrados muchos negocios por falta de personal durante dos días previos al fin de semana?.
Esta situación crea situaciones tensas y ciertos conflictos de intereses entre empleados y empresarios muy desagradables para ambas partes.
Desde hace unos años en los diferentes Convenios Colectivos Sectoriales se incluye dentro del apartado de jornadas especiales lo siguiente “de acuerdo con la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa y conforme al acuerdo de cooperación del Estado Español con la Comisión Islámica de España de 28 de Abril de 1992, las festividades y conmemoraciones que a continuación se expresan según la Ley Islámica tienen el carácter de religiosa, siempre que las necesidades con otro día de descanso o de vacaciones. Tal petición de sustitución será a petición de los/as fieles de las Comunidades Islámicas de España, obrando como criterio general la concesión de la permuta de las fiestas siempre que las necesidades del servicio para atención al cliente así lo permitan.
El día de IDU Al-FITR celebra la culminación del Ayuno del Ramadán. El día de IDU Al-ADHA celebra el sacrificio protagonizado por el Profeta Abraham”, por lo que empresarios y sindicatos desde hace bastantes años ya teníamos recogido en nuestros Convenios Colectivos Sectoriales este día, y no existía ningún problema para que el colectivo de religión musulmana lo celebrase.
La respuesta las preguntas anteriores es muy sencilla. Los empresarios locales permitimos a nuestros empleados celebrar la festividad el próximo jueves 24, aún viéndonos perjudicados desde el punto de vista empresarial y laboral, siendo el único culpable de esta situación el Pleno de la Asamblea de nuestra Ciudad, que consigue una vez más que toda la actividad económica de Ceuta se vea paralizada durante los próximos dos días.
Por todo ello, solicitamos que se busque la fórmula adecuada para que el próximo año no volvamos a encontrarnos en esta situación que perjudica al normal desarrollo de la actividad económica local en particular y a la ciudadanía en general.
Aprovechamos para felicitar a la comunidad musulmana en su Festividad de la Pascua del Sacrificio Eidul Adha y que pasen un buen día en compañía de sus seres queridos.


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