Durante los más de tres meses que llevamos de campaña electoral (si han leído bien) puesto que esta suerte de trampantojos pactistas no son más que artificios y juegos de la silla electorales, han sido varias las formaciones del arco parlamentario (especial referencia a PSOE, IU y Podemos) las que han reiterado de forma gentilmente extenuante como la recuperación de un empleo de calidad pasa de manera sistémica por aumentar discrecionalmente el Salario Mínimo Interprofesional , fijado en 655,20 euros para el año 2016, lo que supone un aumento del 1% con respecto al año anterior.
A este respecto, interesa arrojar luz sobre varias cuestiones. En primer lugar, y si aludimos a un criterio de irradiación, según el Instituto Nacional de Estadística, únicamente el 1,52% de los asalariados a jornada completa obtuvieron una retribución inferior a 648,60 euros (referenciado al SMI de 2015). Ergo, el impacto de una hipotética subida del mismo sería francamente exiguo, afectando a 275.031 trabajadores, siguiendo cifras de la EPA del cuarto trimestre de 2015, en la que se sitúa el registro de ocupados en 18.094.200 personas. Parece realmente absurdo inquirir como elemento diferenciador en la creación de puestos de trabajo una notación tan exigua.
Seguidamente, no debemos caer en la celada de creer que los 655,20 euros que en última instancia percibirá el trabajador, son idéntica cantidad al desembolso que deberá realizar su empleador, el empresario. Es por esto, que nos encontramos con una ecuación biyectiva, siendo elementos equidistantes SMI-Coste Laboral Mínimo. ¿Y cuál es ese coste laboral mínimo que debe sufragar un empresario para poder contratar a un trabajador? No, desde luego, 655,20 euros al mes. Para empezar, el sistema para cuantificar el salario mínimo en España está compuesto por 14 pagas, no por 12, de modo que prorrateando las dos pagas extraordinarias llegamos a 764,4 euros al mes (9.172 euros anuales). A este importe, sin embargo, hay que añadir la cotización a la Seguridad Social que soporta el empresario y que, como mínimo, será del 29,9% (incluyendo en este apartado contingencias comunes, desempleo, formación profesional y FOGASA), esto es, de 2.685 euros anuales, lo que totaliza 11.857 euros al año (988 euros mensuales).
Ahora bien, recordemos que esta remuneración es a cambio no de 12 meses de trabajo, sino de 11, pues hay incluido un mes de vacaciones durante el cual el empleado cobra, pero no trabaja. Si anualizamos este coste, llegaremos a la cifra de 12.725 euros por año de trabajo realmente realizado (o 1.077 euros mensuales). Pero aquí no acaba todo.
Asimismo, apostillar que por cada año que transcurre, el trabajador devenga un derecho de cobro en caso de despido, coste que, tras la última reforma laboral, asciende a 20 días por año trabajado (o a 33, si el despido es calificado de improcedente). Dada la crisis actual, podemos cuantificar el coste esperado del despido (asumiendo una probabilidad de despido del 40%) para un trabajador que perciba el salario mínimo en una horquilla de entre 200 y 300 euros anuales. Digamos, para manejar números redondos, que el coste salarial mínimo por ejercicio en España sería de 13.000 euros.
Si a esto añadimos el denominado “coste del capital”, es decir, el coste de oportunidad que asume un empresario por contratar a un trabajador renunciando por ejemplo a la compra de bonos corporativos o Letras del Tesoro (operación en la que soportará menor riesgo y le dará infinitamente menos quebraderos de cabeza) y siendo notablemente conservadores, podríamos situar este guarismo en una horquilla que oscila entre el 7 y el 10%, lo que arroja una cantidad de entre 900 y 1.300 euros anuales.
Así las cosas, y por situarnos en números redondos, el coste laboral mínimo en España se sitúa en algo más de 14.000 euros/año por trabajador, casi unos 1.200 euros al mes, todo esto sin perjuicio de otros costes más difícilmente cuantificables, como el burocrático o el de representación sindical, o el hecho de no considerar los convenios colectivos de sectoriales, que mejoran las condiciones mínimas establecidas por ley.
Pensemos simplemente en que todo empresario, a la hora de decidir si contrata o no a un trabajador adicional, se planteará si ese empleado es capaz de generar unos ingresos adicionales para su compañía de 14.000 euros al año. A aquellos que consideran que el salario mínimo es demasiado bajo y que no obstaculiza la creación de empleo habría que preguntarles si piensan que, en momentos como el actual, todos los empresarios saben cómo obtener, gracias al trabajo de una persona, ingresos adicionales de 14.000 euros. Yo, al menos, no lo veo tan sencillo.
Una pyme que, por ejemplo, requiera de cuatro personas para iniciar sus operaciones necesitaría contar con un plan de negocio tremendamente sólido y ponderado que le reportara unos ingresos de, al menos, 56.000 euros anuales para ser rentable (y ello suponiendo que su único coste fuera la mano de obra). De hecho, en el conjunto de la economía, los casi cinco millones de parados no podrían ser incorporados al sistema productivo a menos que fueran capaces de crear bienes y servicios valorados por el mercado en, como poco, 70.000 millones de euros (lo que equivale a un crecimiento, con respecto a la situación actual, del 6,5%). Unicornios.
Incrementar, como desean algunos, el salario mínimo que percibe el trabajador a 1.000 euros mensuales elevaría el coste laboral mínimo a cerca de 23.000 euros anuales, lo que complicaría todavía más la recolocación de parte o de la totalidad de los cinco millones de parados (que deberían ser capaces de crear bienes y servicios valorados en 115.000 millones de euros). Por no hablar, claro está, de que todos aquellos obreros que contribuyeran a generar unos ingresos inferiores a 23.000 euros anuales tenderían a ser despedidos. En suma, el salario, que no es ni más ni menos que la conversión pecuniaria de la aportación que hace el trabajador al proceso productivo (productividad) no debe ser en ningún caso impuesta gubernamentalmente. Como apunte llamativo, ese gigante europeo llamado Alemania, que todos adoptamos como espejo, carecía de regulación en torno al SMI hasta hace poco más de un año.